Documentos relacionados | VINTEGRIS | |||||||||
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Descripción breve | Esta Estrategia da cumplimiento a la Ley 2/2023, de
20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción. Establece los
principios y el funcionamiento de un Sistema Interno
de Información (SII) que la entidad pone a disposición
de las personas que la citada Ley reconoce bajo su
ámbito personal de aplicación, para informar de
cualquier comportamiento que suponga determinadas
infracciones de la normativa de la Unión Europea o
puedan ser constitutivas de infracción penal o
administrativa grave o muy grave, así como cualquier
comportamiento no alineado con el Código de
Conducta y las Políticas de la organización.
Este Sistema protege a los que deciden informar de
buena fe, así como a los afectados contra los que se
formulan acusaciones falsas, tergiversadas o
maliciosas de forma deliberada o fundamentadas en
informaciones obtenidas de manera ilícita. | |||||||||
Documentos relacionados | Esta Estrategia es una norma de carácter local y se
complementa con:
– Código de Conducta de VINTEGRIS
– Canal de Denuncias y Procedimiento de gestión
del Sistema Interno de Información y Protección
al Informante
– Protocolo prohibición represalias | |||||||||
Fecha de la última actualización | 28/02/2024 | |||||||||
Versión más reciente | 28/02/2024 | |||||||||
Fecha de adopción | 28/02/2024 | |||||||||
Con ocasión de la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, VÍNTEGRIS, S.L.U., (“VÍNTEGRIS” o la “Sociedad”) aprueba la presente Estrategia del Sistema Interno de Información y de Protección del Informante (en adelante, la “Estrategia”) enmarcada en el Modelo de Cumplimiento Normativo de la Sociedad.
2. Objeto y ámbito de aplicación
La presente Estrategia muestra el compromiso de VÍNTEGRIS con el Cumplimiento Normativo, la ética y el diálogo, fomentando una cultura de escucha activa con sus grupos de interés, tanto internos como externos.
La Estrategia tiene por objeto garantizar la protección de los informantes frente a posibles represalias y enunciar los principios generales del Sistema Interno de Información y Protección del Informante (en adelante, el “SII” o “Sistema”.
El SII de VÍNTEGRIS integra el Canal de Denuncias o Canal Interno, como mecanismo preferente de comunicación, consulta o denuncia de irregularidades.
La presente Estrategia y el SII que en la misma se describe resultarán aplicable a VINTEGRIS, así como a:
Las informaciones recibidas a través del SII se gestionarán e investigarán conforme al Procedimiento de gestión del Sistema Interno de Información y Protección al Informante.
VÍNTEGRIS dispone además de un Protocolo de prohibición de Represalias que establecen las previsiones necesarias para que el SII y los canales internos de información existentes cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
A continuación, se describen de manera resumida, en la forma de pregunta y respuesta, los principales elementos del SII en aras de facilitar su conocimiento.
El Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS o Canal Interno (al que puede accederse a través del siguiente enlace https://vintegris.bizneohr.com/whistleblowing channel es el canal preferente para que los empleados de VÍNTEGRIS y cualquier Tercero relacionado puedan plantear sus inquietudes sobre posibles infracciones para que puedan ser investigadas y, en su caso, tomar medidas. El canal está disponible para todos los empleados, así como a los Terceros con los que VÍNTEGRIS se relaciona en la web de mencionada.
Asimismo, el SII dispone de las siguientes vías de comunicación:
El Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS es un canal que garantiza la confidencialidad de todas las comunicaciones recibidas.
Sí, es posible informar de forma anónima. No obstante, dado que es muchas ocasiones es útil tener una forma de contactar con los Informantes para obtener más información, es recomendable facilitar alguna vía de contacto (un número de teléfono o mail).
Algunos ejemplos de infracciones que pueden plantearse son:
No debe utilizarse el Canal Interno:
El propio Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS orienta sobre la información a facilitar. En términos generales, es recomendable presentar toda la información posible para que VÍNTEGRIS pueda evaluar e investigar los hechos como, por ejemplo:
Una comunicación sólo puede ser objeto de seguimiento si contiene información lo suficientemente detallada como para permitir que se lleve a cabo una investigación
Al presentar una comunicación, el Informante recibirá un acuse de recibo en un plazo de siete días naturales.
Seguidamente, el / la Responsable del Canal Interno de VÍNTEGRIS analizará y evaluará los hechos e indicios contenidos en la comunicación de forma preliminar. A estos efectos, se podrá requerir al Informante – si este ha facilitado algún dato de contacto-, a que complemente o aclare la información transmitida, aportando la documentación adicional que sea necesaria para acreditar la existencia de la Infracción. Como norma general, se puede esperar que el asunto se investigue en un plazo de tres meses.
En caso de que se considere pertinente, las conclusiones generales sobre la investigación, una vez esta finalice, se compartirán con el Informante, respetando, en todo momento, los derechos de confidencialidad, privacidad, protección de datos y derechos de todos los implicados.
También es posible plantear preguntas o solicitar una reunión con el / la Responsable del Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS, que prestará asesoramiento con total confidencialidad y atenderá la petición de reunión en un plazo máximo de 7 días.
El Sistema Interno de Información – a través del Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS – debe utilizarse de manera preferente para informar, pues ello facilita una actuación rápida, diligente y eficaz. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier empleado podrá informar sobre Infracciones que entren dentro del ámbito objetivo o material de la Ley 2/2023 a la autoridad competente a través de canales externos de información, como la Autoridad Independiente de Protección al Denunciante.
Los principios básicos de actuación sobre los que se fundamenta esta Estrategia son los que se detallan a continuación:
Sin perjuicio de lo anterior, la mera comunicación de una Infracción no exime de responsabilidad al Informante que hubiera participado en la mala conducta reportada, si bien VÍNTEGRIS podrá tener en cuenta la puesta en conocimiento de la Infracción al determinar las medidas a tomar.
Cualquier persona que crea que es víctima de intimidación o represalias debe informar inmediatamente a través de los canales de comunicación habilitados dentro del SII, utilizando preferentemente el Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS.
Asimismo, el Sistema permitirá la presentación de comunicaciones anónimas, si bien animamos a los Informantes a aportar datos identificativos o de contacto en la comunicación, dado que permite una mejor y más eficiente gestión de la misma.
Las medidas de seguridad anteriores también se aplican a las personas relacionadas que de buena fe le ayuden o le apoyen en la comunicación de su preocupación, por ejemplo, compañeros y familiares. Sin embargo, no se aplicará dicha protección si informa de una preocupación o Infracción que sabe que es falsa o se ha obtenido ilegalmente.
Respeto a los derechos fundamentales: el Sistema garantiza el derecho de información, derecho de defensa, derecho de contradicción, derecho a la presunción de inocencia y derecho al honor de todas las personas que se vean involucradas por el procedimiento. Asimismo, estas personas tienen derecho a ser oídos en cualquier momento, en la forma en la que se considere adecuado, para garantizar el buen fin de la investigación.
Protección de datos personales: VÍNTEGRIS se compromete a tratar en todo momento los datos de carácter personal que se proporcionen a través del Canal de Denuncias y derivados de la gestión y/o Instrucción de las Informaciones e investigaciones realizadas, cumpliendo las disposiciones de la legislación vigente en materia de protección datos y, en especial, según lo previsto en el Título VI de la Ley 2/2023.
El / La Responsable del sistema interno de información de VÍNTEGRIS en España será la persona Responsable de Recursos Humanos de VÍNTEGRIS (“Responsable del Sistema”), que fue nombrado por el Consejero Delegado de VÍNTEGRIS, S.L.U. en fecha 28 de febrero 2024.
Lo dispuesto en la presente Estrategia constituye la regulación mínima que aplica enmarcada en el Modelo de Cumplimiento Normativo de la Sociedad VÍNTEGRIS, S.L.U., sin perjuicio de la legislación local aplicable. Los Principios y Garantías de la presente Estrategia se configuran como principios interpretativos. No obstante, en caso de contradicción entre esta Estrategia y la legislación local, primará siempre la legislación local.
El Consejero Delegado, como máximo órgano de gobierno de VÍNTEGRIS, es responsable de la implantación del Sistema de Interno de Información y la supervisión de la presente Estrategia.
Esta Estrategia es de obligado cumplimiento por todos los empleados de VÍNTEGRIS. El incumplimiento (por negligencia grave o de manera intencionada) dará lugar a la adopción de las medidas disciplinarias oportunas que, dependiendo de las circunstancias, pueden incluir el despido.
Esta Estrategia ha sido aprobada por el Consejero Delegado de VÍNTEGRIS, S.L.U., en fecha
28 de Febrero de 2024, entrando en vigor en 28 de febrero de 2024, y permanecerá
vigente en tanto no se produzca ninguna modificación en la misma la cual será comunicada adecuadamente.
La presente Estrategia será publicada en la web corporativa de VÍNTEGRIS. Asimismo, será remitida al personal de VÍNTEGRIS y comunicada, en la medida en la que resulte aplicable, a los Terceros con los que se relaciona VÍNTEGRIS.
Así mismo, al inicio de la relación profesional con VÍNTEGRIS, cada nuevo empleado será informado de la misma y de la existencia del Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS como parte de su formación inicial.
Así mismo, se llevarán a cabo formaciones a managers y directivos sobre cómo identificar y gestionar comunicaciones de Infracciones, así como sus roles y responsabilidades dentro del Sistema Interno de Información.
Esta Estrategia será revisada, actualizada, aprobada y difundida de manera periódica y siempre que resulte necesario practicar cualesquiera modificaciones.
Nº de Versión | Fecha de entrada en vigor | Aprobado por (Nombre y cargo) | Fecha de aprobación | Descripción | Autor (Nombre y cargo) | 1 | 28/02/2024 | Matthew Walsh, Consejero Delegado | 28/02/2024 | Estrategia del sistema interno de información y protección del informante de Vintegris | Noemí Cruz, Responsable del Sistema Interno de Información |
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“Afectado” cualquier persona a la que en la comunicación formulada a través del Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS o de otros canales se le atribuye alguna Infracción.
“Informante” cualquier persona que formula una comunicación de una posible infracción a través del Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS o a través de otros medios o canales de comunicación habilitados por VÍNTEGRIS.
“Infracción” cualquier indicio o sospecha razonable de incumplimientos del Código de Conducta, de esta Estrategia, de cualquier otra normativa interna de VÍNTEGRIS o de la legislación vigente.
“Instrucción” o “Investigación” todas aquellas actuaciones encaminadas a comprobar la verosimilitud de los hechos relatados.
“Personas Afectadas” cualquier persona a que hace referencia una comunicación, diferente del Informante o Afectado.
“Estrategia” esta política o estrategia de protección al Informante y del Sistema Interno de Información de VÍNTEGRIS.
“Procedimiento” el Procedimiento de gestión del Sistema Interno de Información y Protección al Informante
“Empleado(s)” cualquier persona que preste servicios para VÍNTEGRIS a través de un contrato de trabajo, con independencia de la modalidad contractual, y los directivos de la Compañía.
“Responsable del Canal Interno y del Sistema Interno de Información” responsable del sistema interno de información de VÍNTEGRIS.
“Sistema interno de información” sistema que integra todos los canales de información de la Empresa, entre ellos, el Canal de Denuncias de VÍNTEGRIS.
“Terceros” personas vinculadas con VÍNTEGRIS en su condición, por ejemplo, de proveedores, contratistas, subcontratistas, colaboradores, y exempleados, personas en procesos de selección y personas en formación práctica sin relación laboral.
“Víntegris, SLU”, C.I.F.: B-62913926 Reg. Merc. Barcelona, Tomo 34720, Folio 177, Hoja n.º B256168, Inscp. 34ª
C. Pallars, 99 Planta 3 Oficina 33 08018
Barcelona Tel: +34 93 432 90 98
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